Corte Suprema de Panamá dicta fallo contra la empresa francesa CHANEL
Enero 7, 2011
El pleno de la Corte Suprema de Justicia de Panamá negó un Amparo de Garantías Constitucionales promovido por la Compañía Universal de Perfumería Francesa S.A. (CUPFSA) o CHANEL, dentro de un proceso relacionado a la distribución exclusiva de productos de perfumería desde Francia, Panamá y Colombia. La decisión de la Corte de Panamá fue proferida en el curso de una serie de procesos judiciales iniciados por la empresa de capital panameño Milano Internacional, S.A., la cual reclama a CHANEL el incumplimiento de acuerdos de distribución en el mercado de Colombia y Panamá. Con esta decisión se permite que el demandante reanude pruebas prejudiciales, reconociendo la competencia para ello de los tribunales de Panamá. Milano Internacional Milano Internacional, S.A. es una empresa, ubicada en la Zona Libre de Colón, que opera desde allí la venta de cosméticos y fragancias de distintos proveedores de reconocido prestigio mundial.
El Pleno de la Corte revocó una resolución del Primer Tribunal Superior de Justicia, y en su lugar no concedió el Amparo de Garantías presentado por la Compañía Francesa CHANEL, tendiente a liberarla de una medida de aseguramiento de pruebas y una acción de diligencia exhibitoria, dictada por el Juzgado Undécimo de Circuito de Panamá.
La francesa CHANEL ha intentado apoderarse de la distribución de los famosos productos y marcas reconocidas, y con este fallo se confirma la resolución que establece medida conservatoria presentada por Milano contra CHANEL por razón del incumplimiento de la distribución exclusiva de productos de perfumería hacia Colombia, Maicao, San Andrés y otras áreas comerciales sudamericanas.
La empresa Milano, dentro del proceso se le concedió una medida cautelar conservatoria y de protección en general, en contra de CHANEL o CUPFSA, tendiente a que toda las exportaciones hacia Colombia fueran cursadas exclusivamente por intermedio de su sociedad. Ante las pruebas incorporadas al expediente, se falló en derecho a favor de Milano y a partir de la decisión, todas las mercaderías a exportarse de las marcas CHANEL y Oscar de la Renta al mercado de Colombia tienen que ser cursadas única y exclusivamente a través de Milano Internacional.
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